El PEC como conjunto coherente de declaraciones destinadas a dirigir un proceso de intervención educativa, habrá de combinar los planteamientos generales que orientan la acción, con los planteamientos específicos que facilitan la intervención y su evolución.
No se trata de elaborar un compendio pormenorizado, sino una escueta y clara delimitación de los fines que se persiguen, estableciendo el "carácter propio" que confiere personalidad característica al centro.
Ha de ser un documento que ayude a establecer prioridades, que se han de operativizar en el plan anual y en las programaciones de la actividad docente, de modo que lleguen a los alumnos y puedan evaluarse. Nunca se puede concebir como un compromiso acabado e inalterable.
El PEC en una escuela inclusiva debe, en primer lugar, asumir la diversidad del alumnado al que escolariza y, por consiguiente, facilitar la elaboración de una organización y un proyecto curricular que permitan dar respuesta educativa acertada a los alumnos, por parte del equipo de profesores y profesionales que trabajan en el centro. El PEC ha de ser un marco constitutivo de principios que responda a preguntas como: ¿quiénes somos, qué queremos, dónde estamos?
Desde estas consideraciones, los objetivos que pretende el PEC se concretan principalmente en definir una línea de actuación común que sirva de punto de referencia para conseguir un grado necesario de coherencia en el centro educativo y en dar publicidad a la Comunidad Educativa de las líneas de actuación de todo el colectivo.
El proyecto de centro
El proyecto de gestión recoge la ordenación y utilización de los recursos del centro, tanto materiales como humanos, como marco de la autonomía de gestión económica que la legislación otorga a los centros públicos.
Parece adecuado realizar un diagnóstico inicial de los recursos materiales de que disponga el centro, señalando las principales necesidades que el desarrollo del proyecto educativo a lo largo de los años demanda. Cabe entender que los recursos humanos en los centros públicos estarán asociados a las características del centro y a los planes y programas estratégicos que desarrolle, por lo que resultaría conveniente destacar aquellos recursos materiales necesarios para llevar a cabo el proyecto educativo, priorizando de alguna manera los recursos imprescindibles desde un primer momento y analizando aquellos otros recursos añadidos que la cooperación con otras entidades sociales pueda aportar al centro (personal y espacios que puedan facilitar otras instituciones, donaciones y subvenciones económicas, etc.
Proyecto curricular de centro
Se entiende por proyecto curricular de Centro (PCC) un conjunto de actuaciones articuladas entre sí y compartidas por el equipo docente de un centro educativo, mediante las cuales se concretan y se desarrollan las intenciones y prescripciones generales contenidas en los decretos de enseñanza para las distintas etapas educativas, según la normativa vigente en cada país.
El PPC es un documento colectivo asumido por el conjunto de las personas que realizan su labor docente en un centro y su verdadero valor reside en que recoge la respuesta pedagógica, fruto de la reflexión, la discusión y el acuerdo de un colectivo de profesores y profesionales para desarrollar las finalidades educativas de las etapas que se imparten en el centro.
Como se representa en el siguiente cuadro, el PCC tiene como referencia el Proyecto Educativo de Centro y, al mismo tiempo, para su elaboración y planificación contribuye también el análisis del contexto y la experiencia previa del centro.
Los Proyectos Curriculares que responden a los principios de una escuela inclusiva representan uno de los grandes retos para que el profesorado pueda ofrecer una oferta educativa de calidad, que responda a las demandas reales de la Comunidad Educativa para la que trabaja, y una oportunidad para los directivos de reorganizar y reestructurar los centros con mayor autonomía y libertad para responder a los problemas que tienen planteados actualmente. Entre estos retos, cabe señalar las reestructuración de los espacios arquitectónicos, los reagrupamientos de alumnos, la reorganización de los horarios y, dentro del horario escolar y de sus instalaciones, la potenciación de los planes de formación del profesorado en los centros, para que se puedan elaborar los Proyectos Curriculares como respuesta innovadora a los problemas concretos que tienen (motivar a los alumnos, descargar y dar prioridad a los contenidos de los programas, coordinarse y trabajar en equipo con otros compañeros, conseguir recursos y medios, etc.), así como la aplicación de los principios de la educación inclusiva que orientan y transforman las prácticas educativas. En este contexto del PCC de una escuela inclusiva, la práctica educativa se desarrollará atendiendo a los siguientes principios:
a) Formación personalizada, que propicie una educación integral en conocimientos, destrezas y valores morales de los alumnos en todos los ámbitos de la vida: personal, familiar, social y profesional.
b) La participación y colaboración de los padres o tutores para contribuir a la mejor consecución de los objetivos educativos.
c) La efectiva igualdad de derechos entre los sexos, el rechazo a todo tipo de discriminación y el respeto a todas las culturas.
d) El desarrollo de las capacidades creativas y del espíritu crítico.
e) El fomento de los hábitos de comportamiento democrático.
f) La autonomía pedagógica de los centros dentro de los límites establecidos por las leyes, así como la actividad investigadora de los profesores a partir de su práctica docente.
g) La atención psicopedagógica y la orientación educativa y profesional.
h) La metodología activa que asegure la participación del alumnado en los procesos de enseñanza y aprendizaje.
i) La evaluación de los procesos de enseñanza y aprendizaje, de los centros docentes y de los diversos elementos del sistema.
j) La relación con el entorno social, económico y cultural.
k) La formación en el respeto y defensa del medio ambiente.
El PCC debería reflexionar sobre estas opciones, así como sobre otras que en su contexto puedan resultar significativas, como puede ser prestar especial atención a ciertos temas transversales que muestren especiales carencias en el centro o incluir determinadas actividades que faciliten la integración de alumnos con distintas culturas.Las principales opciones educativas que se deben considerar básicas para el conjunto del alumnado, deben estar en coherencia con los valores de la Constitución y de la legislación vigente en cada país.
El proceso a seguir para la elaboración del PCC se desarrolla en paralelo con el PEC. Por su parte, el equipo directivo ha de coordinar y dinamizar el análisis de los principales aspectos (tanto positivos como negativos) que facilitan o dificultan la acción didáctica, organizativa y educativa en el centro, junto con el claustro de profesores del centro, e incluso en colaboración con alumnos y padres.
Elementos y pasos para la elaboración del Proyecto curricular
La elaboración del PCC, así como de la programación de aula y las adaptaciones curriculares, hay que contextualizarlos en una secuencia conocida como niveles de concreción curricular y que tiene como punto de partida la propuesta curricular establecida por la administración educativa central u local, dependiendo de la política educativa de cada país. De ahí el sentido y el significado del PCC, de la programación de aula y de las adaptaciones curriculares como niveles de concreción curricular, en cuanto documentos elaborados en una "secuencia" que tiene como punto de partida la propuesta oficial establecida por la administración educativa, y que se conoce como Diseño Curricular Base.
El reglamento de Régimen Interno
El Reglamento de Régimen Interior (R.R.I.) es la norma interna del centro donde se concretan los derechos y deberes de los alumnos y demás miembros de la Comunidad Educativa. En él se establecen las normas de organización y funcionamiento del Centro, entre las que figuran aquellas que garanticen el cumplimiento del Plan de Convivencia.
Este Reglamento está incluido en el Proyecto Educativo de este centro, un Colegio Público en el que se imparten el Segundo Ciclo de la Educación Infantil y el Primer, Segundo y Tercer Ciclo de la Educación Primaria.
En él están recogidas las normas y procedimientosque mejoran la convivenciay las relaciones de todos los miembros de la Comunidad Educativa, según la legislación vigente, así como las normas internas que deberán contribuir a crear el adecuado clima de respeto, así como de responsabilidad y esfuerzo en el aprendizaje, que nos proporcionarán y facilitarán una mejor organización y funcionamiento del Centro.
El presente Reglamento es de obligado cumplimiento para todos los miembros de la Comunidad Educativa y estará sometido a revisión periódica, dependiendo de las normativas y legislación oficiales que se vayan aprobando y de las condiciones del propio Centro Escolar.
La elaboración de este documento preceptivo, ha sido elaborado con la participación de todos los sectores de la Comunidad Educativa, será aprobado por el Consejo Escolar y se ha basado en los siguientes textos legales vigentes:
- Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE).
- Real Decreto 732/1995, de 5 de mayo, por el que se establecen los derechos y deberes de los alumnos y las normas de convivencia en los centros.
- Real Decreto 82/1996, de 26 de Enero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria.
- Decreto 15/2007, de 19 de abril, por el que se establece el marco regulador de la convivencia en los centros docentes de la Comunidad de Madrid
- Orden de 29 de junio de 1994 por la que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las Escuelas de educación Infantil y de los colegios de Educación Primaria.
- Orden de 29 de febrero por la que se modifican las órdenes de 29 de junio de 1994 por las que se aprueban las instrucciones que regulan la organización y funcionamiento de las escuelas de educación infantil y colegios de educación primaria y de los institutos de educación secundaria.
- Orden ECD/3387/2003, de 27 de noviembre, por la que se modifica y amplía la Orden de 29 de junio de 1994, modificada por la Orden de 29 de febrero de 1996.
- Orden 3319-01/2007, de 18 de junio, del Consejero de Educación, por la que se regulan para la Comunidad de Madrid la implantación y la organización de la Educación Primaria derivada de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
La Programación General Anual
Los centros educativos elaborarán al principio de cada curso una programación general anual que recoja todos los aspectos relativos a la organización y funcionamiento del centro, incluidos los proyectos, el currículo, las normas, y todos los planes de actuación acordados y aprobados (Artículo 125 L.O.E.)